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viernes, 5 de octubre de 2018

PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PENALES DEL GRUPO CORREOS


CGT CORREUS TARRAGONA FIQUEM A L’ABAST DE LA PLANTILLA  ALGÚNS ASPECTES DEL POC CONEGUT DOCUMENT “PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PENALES DEL GRUPO CORREOS”

(Extractes textuals del redactat)
El presente Código de General de Conducta se presenta, además, como protocolo interno adicional a los actualmente existentes en el Grupo CORREOS, a los fines de prevenir el riesgo de imputaciones delictivas (…)

                                                 CATÁLOGO DE CONDUCTAS PROHIBIDAS

1.  INTRODUCCIÓN
A los fines de prevenir el riesgo de imputaciones delictivas, la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. ha procedido a la identificación de los posibles riesgos de imputación penal  y a añadir a los procedimientos ya implantados, una serie de protocolos (…) destinados a prevenir la comisión de ilícitos penales.
Con este mismo objeto de prevención se aprueba el presente catálogo de conductas prohibidas.
2.  OBJETIVO
En el listado que se recoge a continuación se incluyen actuaciones o conductas cuya realización o ejecución resulta prohibida para los empleados de Correos y Telégrafos (…)
Estas prohibiciones tienen por objeto evitar una posible imputación penal tanto de la Sociedad Correos y Telégrafos, como de sus miembros en el desarrollo de su actividad profesional o laboral.
En consecuencia, queda prohibida la ejecución de las conductas que a continuación se detallan aun cuando las mismas se ejecuten en nombre y por cuenta de Correos y Telégrafos, y aun cuando se persiga un provecho o beneficio, directo o indirecto de cualquier clase para la Sociedad.
3.  ALCANCE
Este catálogo de conductas prohibidas es aplicable a:
  Los empleados, y los miembros del Consejo de Administración de Correos y
Telégrafos. (…)
Es responsabilidad de las personas y sociedades más arriba mencionadas hacer respetar y cumplir el presente Catálogo. Ninguna clase de incumplimiento del mismo será tolerado o ignorado. Ningún empleado que denuncie su incumplimiento podrá ser sancionado por este motivo.
 

5.1.  CONDUCTAS (PROHIBIDAS) CONTRA LA INTEGRIDAD MORAL

  Comentarios, bromas, afirmaciones o amenazas de contenido agresivo, insultante o humillante a subordinados, realizados de forma reiterada y grave.
  Comentarios degradantes a subordinados relacionados con su forma de vestir, orientación sexual, raza, cultura o religión, realizados de forma reiterada y grave.
  Utilizar un lenguaje abusivo, amenazador o grosero de forma reiterada y grave para dirigirse a subordinados.
  Asignar reiteradamente a un subordinado objetivos o proyectos con plazos imposibles de cumplir y tareas que son manifiestamente imposibles de terminar en el tiempo facilitado.
  Difamar o deshonrar de manera reiterada y grave a un subordinado frente a sus compañeros u otros jefes (propagando rumores maliciosos, injuriosos o calumniosos que menoscaben su reputación, imagen o profesionalidad).
  Retener reiteradamente información crucial para la ejecución por un subordinado de su trabajo o manipularla para inducirle a error y acusarle después de incompetencia o ineptitud profesional.
  Bloquear reiteradamente el desarrollo o la carrera profesional de un subordinado, limitando, retrasando o entorpeciendo gravemente su promoción interna, la asistencia a cursos o seminarios que permitan su desarrollo profesional sin causa que lo justifique.
  Impedir de forma reiterada y grave a un subordinado cualquier toma de decisión o iniciativa personal en el marco de sus responsabilidades y funciones laborales.
  Ejecutar de forma reiterada y grave las anteriores conductas frente a un subordinado con el fin de que cause baja voluntaria en la Sociedad.
  Inducir o incitar de forma reiterada y grave a otros superiores de los que dependa un subordinado nuestro, a participar en cualquiera de las conductas prohibidas anteriores.


https://drive.google.com/file/d/1ARM32ydnS2y9ax0AtEOgBOumQcauOS72/view?usp=sharing
 
 



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